Guatemala: Archivos, corrupción e impunidad[1]


Por Técnico Universitario en Archivos Juan Carlos Garrido González
Articulo creado el 25/06/2019, modificado el 11/07/2020


La Real Academia Española, RAE por sus siglas en español, en su Diccionario de la Lengua Española en Línea, define el termino impunidad, como: Cualidad de impune (que queda sin castigo). A su vez, también define el término de corrupción, como: Comportamiento consistente en el soborno, ofrecimiento o promesa a otra persona que ostenta cargos públicos, o a persona privadas, a los efectos de obtener ventajas o beneficios contrarios a la legalidad o que sean de naturaleza fraudulenta.

En Guatemala, es un secreto a voces que estos dos términos han sido y son la norma en la práctica de la administración pública durante la “era democrática” del país (desde el año de 1985 a la actualidad), puesto que, los encargados de lo público han logrado de forma consistente, aprovecharse de los recursos del estado para su propio beneficio. En muchas de las ocasiones estas actividades anómalas o de corrupción no fueron detectadas, quedando muchos funcionarios en un estado de impunidad, en otras cuantas fueron detectados, pero no procesados o quedando libres, y en una minoría de casos se les aplicó una sentencia irrisoria. Muchos de los casos investigados fueron gracias a la participación de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), una institución emanada de los acuerdos entre el gobierno de Guatemala y la ONU[2]; la CICIG ha buscado dar seguimientos a casos de alto impacto, lo cual ha conllevado a que empresarios y funcionarios públicos de alta jerarquía, hayan sido investigados por potenciales casos de corrupción.

Uno de los casos más llamativos ha sido “Caja de Pandora”; una investigación realizada por la CICIG, la cual evidenció una serie de situaciones ilegales en la corporación edil de la Ciudad Capital de Guatemala, que ha generado investigaciones posteriores, las cuales han expuesto como los archivos son testimonios de las acciones de las instituciones, y pueden ser evidencia legal para procesar a los implicados en malas prácticas administrativas.

Imagen tomada de ElPeriódico

La investigación de la CICIG arrojó, que, durante la campaña electoral del año 2015, dentro de la administración de Álvaro Arzú (exalcalde de la Ciudad Capital, presuntamente fallecido en 2018), quien buscaba ser reelecto como alcalde, se realizaron una serie de compras de materiales de propaganda política, las adquisiciones se realizaron a la Cooperativa Torre Fuerte, propiedad de Byron Lima Oliva[3], capitán del ejército de Guatemala, quien guardaba prisión por sentencia de homicidio.

Lima Oliva[4] fue procesado y sentenciado por el asesinato del obispo católico Juan Gerardi en 1998, este último fue promotor de Derechos Humanos en Guatemala, tuvo una participación activa en la comisión de esclarecimiento del Conflicto Armado Interno, y en la divulgación del informe denominado “Guatemala Nunca Más”. El capitán Lima fue enviado a la granja penal Pavón para cumplir su sentencia, ya dentro de la institución penal, empezó a tomar control de una parte de los reclusos y a obtener beneficios por su vinculación con grupos de poder; esto permitió que Oliva pudiera establecer la citada cooperativa dentro de la institución penal, como también el ingreso de la maquinaria correspondiente y los insumos de trabajo, sumado a esto, también tenía los beneficios de poder salir de prisión por las noches (de forma ilegal), acompañado de guardias del Sistema Penitenciario.

Los beneficios de la transacción entre la municipalidad y la cooperativa fueron principalmente para Lima, quien obtuvo el pago correspondiente por la fabricación de la propaganda, como también recibió el favor de ostentar a dos “plazas fantasmas” dentro de la municipalidad, utilizando las mismas para su expareja sentimental y para la madre de esta. La municipalidad tuvo que realizar algunos “reajustes” ilegales para la adquisición de estos materiales, que iban a ser vinculados al Partido Político “Unionista”, del cual era parte Álvaro Arzú[5]; para tal finalidad se alteraron facturas para ocultar la adquisición con fondos públicos, específicamente del Fideicomiso de Apoyo a la Planificación Urbana (FAPU).

Imagen tomada de Prensa Libre

Las repercusiones del caso “Caja de Pandora” conllevaron a la investigación de otras anomalías dentro de la municipalidad, esto a causa de la captura de Luisa María Salas Bedoya, funcionaria de la Municipalidad de la Capital, quien se desempeñaba como vicealcaldesa de la comuna cuando se dieron las compras a la cooperativa, la señora Salas Bedoya fue detenida el 5 de octubre de 2018 por su vinculación a ese caso. Durante un proceso de extracción forense de datos del celular de Salas Bedoya, los especialistas lograron recuperar parte de una conversación por mensajes, la cual giraba en torno a los registros de la municipalidad y la negligencia a brindar información de carácter público a los usuarios.

La conversación de Salas Bedoya fue con Keving Aldana, concejal suplente de la municipalidad, la misma fue realizada el 2 de octubre de 2017; en la conversación Salas indica que alguien había solicitado información sobre los dos fideicomisos de la Municipalidad de la Capital, tanto de FAPU como del Fideicomiso de Transporte de la ciudad de Guatemala (Fidemuni), incluyendo los datos de tres trabajadores de la municipalidad: Pedro Ruano Roldán, Keving Aldana y María Pepió Pensabene[6].

Según Salas, el problema radicaba en la persona de Ruano Roldán, quien se encontraba bajo contrato en los dos fideicomisos, situación que trataban de ocultar mientras finalizaban alguno de los dos; la solución de la municipalidad fue limitar la información brindada al usuario, entregando únicamente datos relacionados con el FAPU; situación confirmada por el usuario-solicitante a un periódico local.

El problema de esta situación es la falta de transparencia en una institución pública, lo cual mantiene a las mismas en un estado de corrupción y a largo plazo mantener la impunidad establecida a nivel político y nacional. Más allá de estos elementos, las acciones realizadas por los personeros de la institución edil de la Capital, demuestran serias violaciones a las leyes nacionales, en primer lugar se rompe las leyes y reglamentos de contratación y préstamo de servicios para la administración pública, la cual prohíbe la duplicidad de plazas y/o contratos para un solo individuo en el Estado y entidades relacionadas; como también transgrede la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), la cual establece en el artículo número 66, la penalización por el concepto de “Retención de Información”, indicando lo siguiente:

Incurre en el delito de retención de información el funcionario, servidor público o cualquier persona responsable de cumplir la presente ley, que en forma arbitraria o injustificada obstruya el acceso del solicitante a la información requerida. Será sancionado con prisión de uno a tres años, con inhabilitación especial por el doble de la pena impuesta, y multa de diez mil a cincuenta mil Quetzales. La sanción penal se aplicará sin perjuicio de las responsabilidades civiles correspondientes y los daños y perjuicios que se pudieran generar por la retención de la información. (Ley de Acceso a la Información Pública, 2011, pág. 58).

Estos problemas persisten en la administración nacional, debido a la falta de cuatro elementos esenciales que permitan combatir y contrarrestar las malas prácticas, siendo los mismos:

1. La aplicación de la LAIP de forma activa, esto debido a que la misma es poco conocida, utilizada y las denunciadas los casos de violaciones contra la misma son mínimas; por lo cual, tiene poca funcionalidad y transcendencia, a pesar que en la actualidad existe un número creciente de ciudadanos y usuarios que la utilizan para las consultas, esta situación establece una brecha para que las autoridades públicas puedan evadir las responsabilidades en esa materia y mantener los archivos ocultos de la población, sumado al hecho que la LAIP tiene grandes limitaciones relacionadas con el resguardo de los archivos.

2. La falta de una formación culturas en la población guatemalteca, que conlleve a los ciudadanos a demandar la información pública por las vías legales y denunciar las anomalías que existan en caso de no apegarse las instituciones públicas a la LAIP. Una potencial solución se puede tomar por medio del proceso que ha expuesto el archivista peruano Marco Antonio Gózar Llanos, utilizando el término de “alfabetización archivística”, es decir un proceso de educación en carácter de archivos, el cual se desarrollaría a nivel social, con la finalidad que los ciudadanos puedan aprender los elementos necesarios sobre los archivos, su importancia en la vida pública y como se puede vincular su rol social con la información que se resguarda en los documentos públicos.

3. Junto con “alfabetización archivística”, las instituciones y profesiones relacionadas con los archivos, deben exponer los avances en materia de estos, pero vinculados a la relación que tienen con la sociedad y el poder de decisión que conlleva la información contenida en los mismos; evitando presentar a los archivos como lugares sacros exclusivos para investigadores profesionalizados, lo cual limita la función social de los archivos para “mortales y comunes”, como también presentar a los documentos como muestras de museo, extrayendo las “piezas” más llamativas “del montón”; sustituyendo esas ideas por la ya mencionada, de centrar los archivos para la población en general, que en su ejercicio de ciudadanía buscan información de la administración pública como parte la toma de decisiones de carácter social y general.

4. Todo lo anterior no puede tener ninguna validez sin un marco legal general, el cual garantice el resguardo de los archivos, lamentablemente en Guatemala no existe una Ley de Archivos, los intentos o iniciativas de ley han quedado “engavetadas” en el Congreso Nacional; sumado a lo anterior, la LAIP se encuentra limitada en esos procesos, tanto así que esta no contempla si se niega información por otros motivos aparentemente justificados o excusas más elaboradas, por ejemplo el de eliminar documentación que la institución consideró como irrelevante, que la misma no se encuentre trabajada o en condiciones que no permitan el acceso a consultarla, también la falta de instrumentos de control que permitan evidenciar que documentación existe o indicar que la documentación no ha existido; la falta de ese marco legal y del establecimiento de procesos y criterios técnicos-profesionales se puede convertir en un espacio para que los archivos se encuentren vulnerados tanto físicamente como en su función social.

Imagen tomada de Observatorio de la democracia

A modo de conclusión, los archivos en la actualidad son elementos de transparencia, mientras que estos sean consultados y puestos a disposición de la ciudadanía, también tienen el elemento de convertirse evidencia penal en aquellos casos de corrupción e impunidad en las instituciones públicas, por lo cual pasan a un estado de vulnerabilidad mientras no exista un marco legal que los proteja y queden a criterio de funcionarios sin conocimiento profesional sobre tema o que tengan un interés particular en no brindar acceso o que los documentos desaparezcan o sean eliminados de forma permanente; siendo parte tanto de profesionales como de la misma sociedad demandar las condiciones necesarias para los archivos y su resguardo como patrimonio de la nación.

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[1] Articulo elaborado entre mayo y junio del año 2019, y actualizado en julio de 2020, por lo cual alguna información, como el de la CICIG, se mencionará en el texto en tiempo presente, pero en los pies de páginas como pasado, ya que los mismos son las actualizaciones y aclaraciones.

[2] Institución creada en el año de 2006, con la finalidad de investigar caso de “alto impacto” y corrupción entre funcionarios públicos de altos cargos, apoyando a instituciones nacionales en la recopilación de información; esta institución fue disuelta en el año de 2019, bajo la administración de Jimmy Morales, quien adjudicaba, sin suficiente evidencia, que la institución transgredía la Constitución de la República, situación abierta a debates.

[3] La Cooperativa Torre Fuerte no fue un proyecto del Estado de Guatemala puesto a funcionar a manos de Lima Oliva, sino fue una iniciativa-empresa de este.

[4] Fue asesinado en junio de 2016, en un confuso incidente, el Gobierno de Guatemala argumentaba que todo fue por la disputa del control del preventivo, adjudicando la autoría intelectual a Marvin Marín Montiel alias “El Taquero”, aunque este niega esa versión e indicaba que su relación con Lima era cordial, y habían establecido una división territorial para evitar problemas; en julio de 2019 fue llevado a juicio por esa ejecución extrajudicial, actualmente prosigue el proceso penal.

[5] Álvaro Arzú militó en varios partidos políticos en los cuales no tenía el control total, durante el paso del tiempo y después de haber sido Presidente Constitucional (1996-2000), se consolidó en la dirección total del “Partido Unionista”, reminiscencia de un partido de derecha de principios del siglo XX, bajo este partido logro consolidarse como el alcalde con más periodos continuos siendo reelegido.

[6] Entre junio y julio de 2019, Pepió Pensabene fue acusada y procesada por el delito de haber aceptado una “plaza fantasma” en el Ministerio de Comunicación, Infraestructura y Vivienda (CIV), bajo la Dirección General de Correos Telégrafos de Guatemala, durante el proceso se declaró culpable de haber obtenido la plaza y nunca haberse presentado a laborar, cobrando alrededor de Q243 mil (alrededor de 31,609 dólares); se le imputaron 5 años de cárcel, conmutables a Q10 por día de sentencia para no ir a prisión. Aunque no se logró establecer la relación de la sindicada con ambas instituciones (Municipalidad de Guatemala y CIV).

Fuentes consultadas

Comisión para la Transparencia y el Combate a la Corrupción, Gobierno de Guatemala. (2011). Ley de Acceso a la Información Pública. Recuperada el 11 de julio de 2020, de https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_gtm_acceso.pdf

Real Academia Española. (02 de julio de 2019). Diccionario de la Lengua Española. Obtenido de https://dle.rae.es

Redacción. (24 de junio de 2019). Así se procura ocultar información pública en TuMuni. elPeriódico. Recuperado el 02 de julio de 2019, de https://elperiodico.com.gt/nacion/2019/06/24/asise-procura-ocultar-informacion-publica-entumuni-1/

Redacción. (24 de junio de 2019). FECI pide ligar a proceso a dos funcionarios ediles capitalinos capturados. elPeriódico. Recuperado el 2019 de julio de 02, de https://elperiodico.com.gt/nacion/2019/06/24/feci-pide-ligar-a-proceso-a-dosfuncionarios-edilescapitalinos-capturados/

Ríos, Rony. (12 de julio de 2019). Pepió Pensabene es condenada a cinco años de prisión. elPeriódico. Recuperado el 11 de julio de 2020 de https://elperiodico.com.gt/nacion/2019/07/04/pepio-pensabene-es-condenada-a-cinco-anos-deprision/

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